Actualidad — 28 junio, 2011 at 4:08

Las ventas en liquidación no son rebajas

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Deben cumplir las normas de calidad y etiquetado


rebajasLa Comunidad recuerda a los consumidores que no pueden ser consideradas como rebajas las ventas en liquidación, donde se anuncian precios más bajos por cierre o cambio de negocio, ni la venta de saldos, artículos pasados de moda o deteriorados. Unas recomendaciones que da la Dirección General de Consumo con motivo del primer fin de semana del período de rebajas en la región.

Los comercios pueden acogerse al periodo de rebajas durante un mínimo de una semana y un máximo de dos meses entre el 21 de junio y el 21 de septiembre. Debe exhibir las fechas del período de rebajas en sitio visible al público. Las dudas más habituales de los ciudadanos en esta época se refieren al tipo de información que deben mostrar las etiquetas de los productos, el tipo de artículos que pueden anunciarse como rebajados, las condiciones de la garantía y la forma de pago.

Durante el período de rebajas los comercios tienen que cumplir todas las normas de calidad y etiquetado. Es obligatorio que en las etiquetas de aparezca el doble precio -el anterior como el rebajado-, o el porcentaje de rebaja que se ofrezca. Además, los productos rebajados y los que no lo están deben estar separados y debidamente indicados. Si se trata de productos de nueva temporada o de continuidad tienen que llevar un cartel que informe de ello. Los productos rebajados deben estar en una zona señalizada al efecto.

Respecto a la forma de pago en periodo de rebajas, ésta debe ser la misma que el resto del año, a no ser que el vendedor especifique lo contrario en un cartel bien visible. En caso de contradicciones en la información facilitada al público, por ejemplo, que el cartel diga una cosa y el tique otra, prevalece la opción más favorable al consumidor.

Reclamaciones

La Comunidad recuerda que la normativa vigente dice que los productos en rebajas tienen también una garantía de dos años y que no podrá anunciarse la venta en rebajas en un establecimiento comercial cuando la rebaja afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos.

Es necesario tener en cuenta que no es obligatorio que el comerciante cambie un artículo o reembolse el dinero del producto salvo defecto de origen. La posibilidad del cambio o devolución se entiende como una atención comercial y sólo se realizará si así lo anuncia el comercio. Solamente en el caso de venta a distancia de productos hay siete días para devolverlo si así lo desea el consumidor.

En caso de tener que reclamar, el consumidor puede dirigirse a la Dirección General de Comercio, canalizar su reclamación a través de la oficina de información al consumidor de su ayuntamiento o realizarla de manera telemática en el Portal del Consumidor. La Comunidad ofrece a los consumidores la posibilidad de consultar cualquier duda a través del teléfono 012.

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